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Guerra Bonet, J. D. Derecho De petición: (Programa radial). El Derecho De petición Hace Parte De Nuestro Diario Vivir, Este Tema específicamente Lo Regula La constitución En Su artículo 23 Y La Ley 1755, La Ley Estatutaria De Derecho De petición Y La Ley 1437, El código General Del Proceso Y El Procedimiento Administrativo, Consagra El Derecho De petición Como Aquel Instrumento O Aquel Mecanismo En Que Tienen Las Personas Para Acudir Y Hacer Una Solicitud De Una información, Requerir Un Documento, Copias, Solicitar Una Consulta, Una Sugerencia O Interponer Una Queja. DS 2023, 1 (9 Suplemento 3).